El Tribunal General de la Unión Europea ha confirmado que el símbolo “I” carece de carácter distintivo y no puede registrarse como marca de la Unión.
La empresa alemana solicitante Sprd.net AG intentó registrar el símbolo como marca de posición para camisetas, sudaderas y jerséis.
Propuso como ubicación la zona del pecho izquierdo, nuca y etiqueta interior. El Tribunal consideró que estas ubicaciones son comunes y no otorgan distintividad.
Los argumentos esgrimidos por el Tribunal han sido estos:
- El símbolo se interpreta como un mensaje decorativo o publicitario, no como un identificador de origen empresarial.
- La ubicación del símbolo no basa si el diseño es genérico.
- Se han rechazado registros a marcas como Prada, Loro Piana, Dior y Moon Boots por falta de distintividad.
Sin embargo, existen casos exitosos como la suela roja de Louboutin, el labial rouge de Guerlain o el patrón check de Burberry que sí fueron aceptados como marcas distintivas.
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