El Consejo de Ministros aprobó ayer, 29 de julio, una serie de medidas relativas a los cuidados y la conciliación, publicadas hoy en el BOE y pendientes de ser convalidadas por el Congreso de los Diputados en un plazo de 30 días.
El objetivo esencial de esta iniciativa es culminar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 sobre la conciliación de la vida familiar y profesional, fomentando la corresponsabilidad de los cuidados entre mujeres y hombres.
Cambios principales en los permisos
- Permiso por nacimiento y cuidado del menor:
- Se amplía la duración de 16 a 19 semanas para cada progenitor.
- En el caso de familias monoparentales, el permiso se extiende hasta 32 semanas.
- Las últimas 2 semanas podrán disfrutarse hasta que el menor cumpla 8 años.
- Permiso parental:
- Continúa siendo no retribuido.
- Su duración es de 8 semanas, que pueden disfrutarse de forma continua o discontinua.
- Está previsto tanto para jornada completa como parcial.
- Permisos en el empleo público:
- Se equiparan a los del sector privado.
- Se aclara la distribución y disfrute flexible de los permisos.
Retribución y Seguridad Social
- Durante el permiso se garantiza el 100% de la base reguladora.
- Se introducen modificaciones en la Ley General de la Seguridad Social para adaptar los requisitos y ampliar la cobertura en situaciones específicas como familias monoparentales, discapacidad o parto múltiple.
Familias monoparentales
- Se reconoce legalmente la situación de vulnerabilidad de estas familias y se equiparan sus derechos a las familias biparentales.
- El permiso se amplía hasta 32 semanas, con el objetivo de garantizar una igualdad de trato real.
Motivos para la aprobación mediante real decreto-ley
La urgencia proviene de los procedimientos de infracción abiertos por la Comisión Europea y la necesidad de evitar posibles sanciones económicas.
La medida busca además reforzar la seguridad jurídica y prevenir situaciones de discriminación.
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