El Congreso de los Diputados ha derogado el Real Decreto-ley 7/2025, también conocido como el «decreto antiapagón», dejando sin efecto un conjunto de medidas urgentes destinadas a reforzar el sistema eléctrico español. Esta decisión, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 24 de julio de 2025, tiene implicaciones directas para empresas, propietarios y promotores de instalaciones energéticas, especialmente en lo que respecta a incentivos fiscales para energías renovables.
¿Qué medidas fiscales han quedado sin efecto?
La derogación del decreto implica la suspensión inmediata de varias bonificaciones fiscales clave que ya estaban en vigor:
1. Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)
Se elimina la modificación de la regla 14.ª de la Instrucción para la aplicación de las tarifas del IAE. Esta permitía excluir la potencia instalada de hornos y calderas eléctricos del cálculo de la cuota tributaria. Con la derogación, estos elementos vuelven a computarse como antes
2. Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)
Queda sin efecto la actualización del artículo 74.5 de la Ley de Haciendas Locales, que autorizaba a los ayuntamientos a aplicar bonificaciones de hasta el 50 % en el IBI por la instalación de sistemas de energía ambiente (como aerotermia), además de la ya existente para energía solar
3. Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO)
Se anula la posibilidad de conceder bonificaciones de hasta el 95 % en el ICIO para obras que incorporasen sistemas de energía ambiente, una medida que buscaba incentivar la inversión en infraestructuras sostenibles
Importante: Estas ventajas fiscales dejaron de aplicarse desde el 24 de julio de 2025.
Otras medidas derogadas: ¿Qué más se pierde?
Además de los beneficios fiscales, el Real Decreto-ley 7/2025 incluía otras disposiciones relevantes que también han quedado sin efecto:
- Facilidades para la planificación y acceso a la red eléctrica.
- Pérdida de capacidad asignada si no se utilizaba, para evitar el acaparamiento.
- Apoyo a la industria electrointensiva, mediante mecanismos de competitividad.
- Impulso al autoconsumo eléctrico y a la instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos.
- Reconocimiento de tecnologías renovables como la aerotermia, geotermia y bombas de calor en comunidades de propietarios (modificación del artículo 17.1 de la LPH) 2.
- Ajustes en el régimen de horas equivalentes para centrales renovables en mercados con precios nulos o negativos.
¿Por qué hablamos sobre este cambio legislativo?
La derogación del Real Decreto-ley 7/2025 representa un retroceso temporal en el impulso a la transición energética. Aunque su vigencia fue breve, sus medidas generaron expectativas en el sector. Es probable que el legislador explore nuevas vías para reintroducir estas iniciativas, ya sea mediante proyectos de ley ordinarios o nuevos decretos en los próximos meses
Para los gestores administrativos, es fundamental mantenerse informados y asesorar adecuadamente a sus clientes sobre los cambios normativos que afectan a la fiscalidad energética y a las oportunidades de inversión sostenible.
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