La contratación irregular en hostelería no es solo una práctica arriesgada: es una puerta abierta a sanciones económicas devastadoras.
En un sector donde la urgencia y la informalidad a veces se imponen, muchos empresarios recurren a colaboraciones sin contrato ni alta en la Seguridad Social.
Pero la Inspección de Trabajo no perdona. Y los gestores administrativos tenemos una herramienta clave para evitar que nuestros clientes caigan en este tipo de infracciones: ContrataGA de SIGA98.
Sanciones por no formalizar contratos ni dar de alta en la Seguridad Social
Infracciones graves y muy graves
Según la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), no dar de alta a un trabajador en la Seguridad Social se considera una infracción grave o muy grave. Las sanciones económicas pueden oscilar entre:
- 3.126 € y 10.000 € por trabajador en casos graves.
- Hasta 225.018 € en casos muy graves, como cuando el trabajador percibe prestaciones incompatibles con el empleo
Además, si la Inspección de Trabajo detecta varios empleados en situación irregular, las multas se aplican de forma individual, multiplicando el impacto económico para la empresa
Repercusiones adicionales
Las consecuencias no se limitan a las sanciones económicas:
- Pago retroactivo de cotizaciones a la Seguridad Social.
- Pérdida de bonificaciones y ayudas públicas.
- Daño reputacional que afecta la imagen del negocio.
- Riesgos penales, incluyendo penas de prisión de hasta 6 años en casos de explotación laboral o fraude reiterado.
El caso de Baiona: 33.750 euros por seis camareros sin contrato
El Juzgado de lo Social nº5 de Vigo confirmó una sanción de 33.750 euros a la propietaria de una tapería en Baiona por emplear a seis camareros sin contrato ni alta en la Seguridad Social durante la fiesta medieval de la Arribada en 2023.
La inspección sorpresa documentó a ocho personas trabajando en cocina, mostrador y atención al público. Solo dos estaban dados de alta. Los demás, aunque la empresaria alegó que eran “familiares y amigos”, realizaban tareas esenciales, con horarios definidos y vestimenta profesional. Incluso una trabajadora carecía de permiso laboral.
El tribunal desestimó la defensa basada en “camaradería medieval” y gestos puntuales como “preparar un choripán a modo de broma”. La sentencia refuerza la doctrina que considera habitualidad, ajenidad y dependencia como pruebas de relación laboral, aunque sea temporal o informal.
¿Qué podemos hacer los gestores administrativos?
Muchos clientes de gestorías son pequeños hosteleros que, por desconocimiento o urgencia, pueden incurrir en este tipo de prácticas. Nuestra labor no solo es informar, sino facilitar herramientas que permitan cumplir la ley de forma ágil y segura.
Aquí es donde entra en juego ContrataGA, el servicio de SIGA98 diseñado para la gestión laboral en tiempo real. Esta herramienta permite:
- Comunicar el alta de un trabajador a la Seguridad Social en cualquier momento, desde cualquier dispositivo, incluso durante fines de semana o fuera del horario laboral habitual.
- Evitar retrasos que puedan derivar en sanciones como la del caso de Baiona.
- Puedes ofrecer la herramienta a tus clientes para que ellos mismos gestionen las altas, sin necesidad de conocimientos previos ni desplazamientos.
- 100% online: No requiere instalación.
En contextos como ferias, eventos o refuerzos de fin de semana, donde la contratación es urgente, ContrataGA ofrece la flexibilidad que el sector necesita sin renunciar a la legalidad.
La multa de Baiona no es un caso aislado. Es un aviso claro de que la Inspección de Trabajo está actuando con firmeza. Para los gestores administrativos, contar con herramientas como ContrataGA no solo mejora el servicio que ofrecen: protege a sus clientes de sanciones que pueden poner en riesgo la viabilidad de sus negocios.
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