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La Autoridad Independiente de Protección del Informante (AIPI) ha puesto en marcha el trámite electrónico para notificar el nombramiento y el cese del Responsable del Sistema Interno de Información (RSII).

Además, ha confirmado que el plazo transitorio de dos meses para regularizar todos los nombramientos y ceses realizados desde la entrada en vigor de la Ley 2/2023 comenzó el 10 de febrero de 2026, coincidiendo con la disponibilidad del formulario oficial.

El calendario queda así:

  • Inicio del plazo: 10/02/2026
  • Fin del plazo transitorio: 10/04/2026
  • Después: cada nuevo nombramiento o cese deberá notificarse en 10 días hábiles.

Mientras algunas entidades aún debaten cómo organizar su sistema interno de información, el calendario legal no admite prórrogas. Y la realidad es simple: cumples y notificas a tiempo o te expones a sanciones de gran impacto:

  • Personas jurídicas: hasta 1.000.000 €.
  • Personas físicas: hasta 300.000 €.

Y no solo hablamos de multas. La ley tipifica como infracción grave o muy grave la falta de implantación o gestión adecuada del SII, pudiendo acarrear sanciones accesorias como la publicación de la resolución sancionadora o la prohibición de contratar con el sector público.

Gestorías administrativas: por qué nos afecta doblemente

La Ley 2/2023 obliga a disponer de un Sistema Interno de Información —el conocido “canal de denuncias”— a todas las empresas de 50 o más trabajadores, así como a entidades que operen en sectores regulados como servicios financieros, prevención del blanqueo, medio ambiente o transporte.

Si tu despacho presta servicios fiscales o contables, además del SII de la Ley 2/2023, automáticamente pasas a ser sujeto obligado en prevención de blanqueo de capitales, según el art. 2.1.m de la Ley 10/2010, y debes implantar un canal interno PBC/FT conforme al art. 26 bis de esa misma ley.

Esto te coloca en un escenario dual: dos normativas, dos canales, una necesidad de coherencia y trazabilidad.

Cómo integrar el canal en tu gestoría con SIGA98

El canal interno —en cualquiera de las dos normativas— debe ser un cauce seguro y confidencial para recibir comunicaciones sobre comportamientos ilícitos o irregulares. Debe permitir denuncias anónimas, garantizar confidencialidad, proteger al informante frente a posibles represalias y establecer un procedimiento claro de gestión e investigación interna.

SIGA98 proporciona una plataforma que simplifica este cumplimiento:

  • Canal operativo 24/7, accesible por web o comunicable mediante email y cartelería.
  • Entorno diseñado para garantizar trazabilidad y confidencialidad.
  • Integración natural con los requisitos del SII de la Ley 2/2023 y del canal interno PBC/FT de la Ley 10/2010.

Así, la gestoría puede afrontar las dos obligaciones con un único sistema, reduciendo carga operativa y aumentando la seguridad jurídica del despacho

Un nuevo escenario: la notificación del RSII ya no es opcional

La apertura del formulario de la AIPI marca un antes y un después: la notificación del RSII deja de ser una tarea pendiente y pasa a ser una obligación inmediata y vinculante.

Para las gestorías, el cumplimiento del doble marco legal exige:

  • Orden en la documentación,
  • Diligencia en los nombramientos y notificaciones,
  • Un canal seguro y fiable que genere evidencia sólida.

La buena noticia es que, con un sistema bien implementado —como el que ofrece SIGA98—, cumplir es posible sin fricciones, sin frenar la operativa diaria y sin asumir riesgos que pueden comprometer la reputación y el futuro económico de tu despacho.

El plazo ya corre. El cumplimiento empieza hoy.

La entrada Gestorías ante la Ley 2/2023: cómo cumplir sin caos y sin arriesgar hasta 1 millón de euros se publicó primero en Conocimiento jurídico.